viernes, 10 de febrero de 2012

UNA REFORMA LABORAL SECTARIA Y DOGMÁTICA


Joaquim González Muntadas
Secretario General de FITEQA CCOO

Decía Giuseppe Federico Manzini  que el principio ordenador de las sociedades libres y la condición de su desarrollo, es el conflicto. En las relaciones de trabajo el conflicto se produce entre quien tiene información  y decide, y quien no la tiene y no decide, entre el propietario de los medios de producción y quien vende su fuerza de trabajo y sus conocimientos. Mancini añadía  y << Sin embargo, hay que estar atentos, porque el conflicto carente de reglas y de procedimientos es barbarie, provoca en el mundo escasez y angustia >>.  En las sociedades modernas y democráticas quien ha de evitar el abuso de poder, la escasez y la angustia que provoca el inevitable desequilibrio de fuerzas entre el empresario y el trabajador individual, es el Derecho del Trabajo.

Como ha escrito Soledad Gallego en su excelente artículo en El País del pasado 19 de febrero con referencia a la Reforma Laboral aprobada por el Gobierno del PP y CiU, titulado ¿Nada que hacer ? dice: " lo que llama la atención del Decreto Ley es que entregue la única llave al empresario y que haga casi desaparecer las reglas que, con grandes luchas y sufrimientos, han ido ordenando las relaciones laborales, como si los empleados y trabajadores fueran un elemento extraño al mundo de la empresa, algo irracional, que hay que disciplinar, y no un elemento fundamental dotado igualmente de intereses dignos de defender y, sobre todo, de raciocinio.".

Precisamente ahí se encuentra el elemento más agresivo hacia los derechos básicos de la Reforma Laboral: su nada disimulada intención de romper el equilibrio de la acción sindical y la capacidad de la negociación colectiva para regular las condiciones de trabajo mínimas y necesarias. 

Más allá de los cambios que provoca la Reforma en el mercado de trabajo para abaratar y dar mayor facilidad al despido  individual y colectivo, la novedad más significativa, la esencia misma de esta reforma, reside en que modifica el -comparado con los países de nuestro entorno- débil equilibrio entre las partes que conviven en la empresa. Equilibrio que distingue a las sociedades avanzadas y ricas de las atrasadas y pobres; que hace de la empresa y del mundo del trabajo un espacio para convivir y no para sobrevivir;  equilibrio que aunque no siempre ha determinado la línea de derecha e izquierda política, ha generado leyes y normas que conjugan derechos y competitividad, participación y cogestión con mejora de la productividad de las empresas y de la economía.

La música que inspira y acompaña la letra de la reforma es la que considera que el empresario es el amo y dueño y, de la misma forma que lo es de la maquinaria y del mobiliario, es propietario de la fuerza de trabajo. Y así, toda regulación que pretenda reducir el desequilibrio entre las partes, se entiende como un estorbo para la buena gestión de la empresa, y por ende, y ahí empieza el silogismo cargado de ideología, un supuesto estorbo para la competitividad, la generación de riqueza y el empleo.

Al margen de la opinión que le merezca a cada cual, la idea del Derecho del Trabajo y las organizaciones sindicales como estorbos para el progreso, no es nueva en la historia de España ni, por supuesto, en el mundo. En algunos casos, se añade incluso a las organizaciones  patronales como elementos distorsionadores de las relaciones del empresario con sus trabajadores en la empresa. Desde esa lógica, y al margen de su contenido e historia, se valoran los convenios colectivos sectoriales como corsés despegados de la realidad de las empresas, y a sus negociadores como cúpulas burocráticas ajenas a los intereses de los empresarios y de los trabajadores. Y por tanto, prescindibles. Porque ahí está el Partido Popular, el partido de los trabajadores, como han afirmado algunos de sus dirigentes, y por supuesto también el de los empresarios, como demuestra esta reforma.

Los demócratas deberíamos sentir decepción ante el sectarismo de algunos argumentos. Tristeza al leer indocumentadas comparaciones con la realidad del conjunto del sistema de relaciones laborales y protección social de países como Alemania, Francia, Holanda o Dinamarca. Y preocupación, mucha preocupación, porque algunos argumentos que acompañan la defensa de la reforma hacen que la música sea peor que su letra.

Identificar el paro con el Derecho del Trabajo y responsabilizar cínicamente a los sindicatos de la crisis y de los cinco millones y medio de parados, significa indultar de un plumazo a nuestro débil sistema productivo y al muy débil tejido empresarial español, con mucha pequeña empresa poco internacionalizada y con escasa reinversión de beneficios, a nuestros bajísimos niveles de I+D+i, al deteriorado sistema financiero, y eliminar las responsabilidades políticas que lleva aparejado. Ahí están las explicaciones de nuestra particular crisis, no en el mercado de trabajo y las relaciones laborales que son reflejo y consecuencia de esta realidad y no su causa. 

Estos poco edificantes argumentos dificultan un debate constructivo, especialmente cuando se descalifica el desacuerdo de los sindicatos argumentando que defienden intereses particulares y espúreos, intereses que contrastan con las nobles razones de quienes defienden que estas medidas son buenas para todo y para todos, porque las han decidido ellos, los buenos.

Esta posición sectaria y dogmática (el mercado siempre cumple con sus funciones) explica que el argumento de mayor fuerza tenga que sustentarse en un acto de fe. El que afirma  que, como la reforma laboral aprobada hace menos de un año por el anterior Gobierno no ha creado empleo -y ahí están las cifras que evidencian su fracaso- este Gobierno hace otra. Una reforma que, de antemano advierten, tampoco creará empleo en un año, pero que, realizando un triple salto mortal, aseguran que ésta sí es necesaria para crear empleo en el futuro. Sólo desde ese sectarismo ideológico, tan perjudicial en nuestra historia, se pueden resolver las dudas de un plumazo, como las resuelve ese hombre de la metáfora que les cuenta a sus amigos que su rabino es un santo porque habla todos los días con Dios. Los amigos, escépticos,  le preguntan: ¿y tú como lo sabes? porque me lo ha dicho él mismo, responde.  ¿Y cómo sabes que no te engaña? ¿Como me iba a engañar un hombre que habla todos los días con Dios?.

Desde los actos de fe no afrontaremos los grandes retos a los que debe responder nuestra economía, ni tampoco, como hace la Reforma, dinamitando, los débiles puentes del diálogo social, tan costosamente construidos en torno a objetivos comunes reflejados en el último AENC. Un Acuerdo que, si le dejaran, podría demostrar su capacidad y utilidad para moderar las rentas y bajar la inflación, mejorar la productividad y la estabilidad del empleo. Un pacto que aspira a cumplir sus objetivos reforzando la negociación colectiva pero al que, incomprensiblemente, la Reforma aprobada impide desarrollar los capítulos relacionados con la eficacia del convenio sectorial y su articulación en la empresa, una eficacia compatible con la posibilidad prevista de la inaplicación de su contenido en la empresa cuando se dan concretas circunstancias que lo justifican. Si no se corrige el contenido de la reforma en estas materias se está cuestionando de plano el valor y sentido mismo del Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva,  convirtiéndolo en una oportunidad perdida para configurar unas relaciones laborales modernas que permitan trabajar por una mayor cohesión social tan necesaria en momentos de crisis, y evitar que perdamos el gran activo y ventaja competitiva  que hasta hoy ha sido, la paz social que sorprendentemente reprochan a los sindicatos los dirigentes del Partido Popular.

Pero volvamos a la acusación que ha derivado en el argumento central de defensa de la Reforma por parte de las más altas instancias del gobierno: el supuesto miedo de los sindicatos a perder privilegios. Más exacto sería afirmar que no se trata tanto de privilegios como de “cuotas de poder”, como acertadamente señala el amigo José Luis López Bulla cuando escribe en un reciente artículo: “No vayamos con zarandajas nosotros: pues claro que el problema central es una lucha de poderes. Como ha sido siempre, faltaría más. De poderes: derechos e instrumentos”.. Porque efectivamente de esto se trata. Y hemos de plantearlo abiertamente, sin miedo a las palabras, explicándolo a la opinión pública, a las trabajadoras y trabajadores en primer lugar.

Por ello, el movimiento sindical español no debería tener ningún complejo en asumir el reto de esta supuesta denuncia del miedo a la pérdidas de derechos sindicales, y afirmar con claridad, en primer lugar ante los trabajadores y trabajadoras, que sí, que quieren cercenar nuestros “privilegios”, es decir el privilegio de defender los derechos e intereses de cada uno y cada una de las personas que realizan un trabajo a cambio de un salario, de los “privilegios” necesarios para la defensa de la dignidad de su condición de trabajador porque en la empresa no deben estar ausentes los derechos fundamentales, ni se puede amparar la arbitrariedad que resulte del  autoritarismo y de la imposición sobre las personas que trabajan.

Quizás, y como efecto ciertamente no querido por sus autores, la reforma laboral se convierta en un estímulo para asumir que, ante las nuevas y mayores posibilidades objetivas del empresario, la mejor y casi única defensa que tenemos es organizarnos en el sindicato, como lo están la mayoría de nuestros compañeros y compañeras de los países que miramos como referencia de derechos y cohesión.

jueves, 2 de febrero de 2012

ANEC II: nos dimos la mano, no cojan el brazo


Joaquim González Muntadas,  Secretario general de Fiteqa-CC.00.  
El reciente acuerdo AENC II firmado por las organizaciones sindicales y empresariales más representativas supone una importante apuesta para contribuir al mantenimiento y creación de empleo. Así lo hemos valorado los sindicatos firmantes y lo explicamos como un acuerdo útil y necesario para detener la acelerada y constante destrucción de empleo, mejorar la productividad de nuestra economía y nuestras empresas, y contribuir al control de precios.  

El avance de estos apartados constituye, a corto plazo, el único instrumento a nuestro alcance para combatir el gravísimo problema del desempleo, mientras intentamos transitar hacia un tejido productivo más denso, más grande y con mayor valor añadido: incrementar la productividad, mejorar la competitividad y controlar los precios, con la mejora de las relaciones laborales. Y con la negociación colectiva como el mejor instrumento para alcanzar estos objetivos desde la cooperación, la suma de voluntades y el reparto equitativo de esfuerzos y sacrificios. 

A estos objetivos responde el AENC II, y a ello responde la moderación de precios y rentas. Pero no sólo moderación de los salarios, sino también de los beneficios distribuidos en esta situación excepcional, de modo que la mayor parte del excedente empresarial se dirija a inversiones en instalaciones y mejora de la gestión. 
Con esta voluntad y con la esperanza de su eficacia, los sindicatos hemos asumido en este Acuerdo la incorporación de cambios muy notables en las normas que regulan las relaciones laborales e industriales, conscientes de que para muchas empresas y sectores representan cambios bruscos. Unos cambios que aspiran a influir de lleno en la organización del trabajo, en la distribución de la jornada, en la clasificación profesional. 
Hemos apostado por regular y extender mecanismos que potencien la flexibilidad interna como alternativa real a la desregulación laboral, al trabajo precario, al despido fácil, a la eventualidad abusiva. Hemos apostado porque la flexibilidad sea regulada y participada, porque esta potente herramienta facilite la adaptación competitiva de las empresas, favoreciendo con ello una mayor estabilidad en el empleo. Y hemos apostado por potenciar los cauces de participación, información y cooperación en la empresa como alternativa al autoritarismo, a la ausencia de reglas y a la precariedad, que tanto daño han hecho y siguen haciendo a nuestra economía. 

Por todo ello, el AENC II incorpora propuestas que deben ser desarrolladas y pactadas en los convenios, dirigidas a facilitar la atención a  las razones de aquellas empresas que consideren imposible la plena aplicación del convenio colectivo. Al mismo tiempo, se ha querido reforzar el valor del propio convenio colectivo y, en especial, la competencia de los agentes sociales para definir la estructura, las reglas de articulación y vertebración de los sectores y las empresas según sus particularidades. El convenio de sector y la negociación de su aplicación y adaptación a la empresa son dos ámbitos complementarios no sólo en situaciones de crisis, sino también en las situaciones de crecimiento y beneficios. 

En este nuevo marco que abre el AENC II, adquieren especial importancia muchas materias hasta hoy ausentes en la mayoría de los convenios colectivos, como son la regulación de la subcontratación, la externalización productiva y la subrogación de actividades, del empleo y las condiciones de trabajo, de los derechos de información, consulta y participación, materias que deberían estar presentes en las mesas negociadoras con fuerza. 

Más aún, en este nuevo marco deben incorporarse acuerdos formales en relación al destino de los excedentes y beneficios. Y para ello habrá que informar con detalle a los representantes de los trabajadores de sus cuantías, estableciendo a través de la negociación su reinversión expresamente orientada a mejorar la tecnología, la organización del trabajo y la gestión, así como una formación  profesional que permita a las trabajadoras y trabajadores adaptarse al presente y al futuro.  

Acorde con la moderación de rentas, es preciso concretar la fijación de criterios de reparto de los dividendos en las sociedades anónimas, lo cual, concretado en el convenio, debe contar además con los instrumentos adecuados para la verificación sindical. 
En este nuevo marco, es asimismo preciso un cambio radical en lo que hasta hoy representa la nula política de información del conjunto de los salarios pagados por las empresas, en especial los que están fuera de convenio (incluidas las retribuciones del personal directivo). No siendo imprescindible la especificación individual, sí lo es concretar la cuantía global y establecer el criterio de su evolución, de modo que las cifras se puedan cotejar y verificar con las cuentas de explotación de los últimos y próximos años. 
Todos estos aspectos deberían estar presentes en las negociaciones, como a buen seguro estarán la jornada laboral, las condiciones para la inaplicación salarial y otras condiciones laborales, el 0,5% de subida salarial, los nuevos criterios para la cláusula de garantía salarial o el salario variable. 
He titulado este artículo “nos dimos la mano, no cojan el brazo”, porque los documentos de criterios que CEOE y diversas patronales han editado para orientar a sus asociados y a las empresas en la aplicación del AENC II expresan, cuando menos, una lectura muy parcial del Acuerdo. Así lo indican también las decisiones precipitadas de no pocas patronales y empresas que han querido entender que lo que debe hacerse en la negociación de sus convenios es sólo un escaso incremento de las tablas salariales, al margen de que éstas no alcancen en muchos casos el 60% del coste salarial real. Constituye una grave distorsión de la realidad que no se distinga el incremento sobre tablas salariales de la masa salarial efectiva, diferencia necesaria incluso en convenios colectivos con cláusulas de absorción y compensación.  

Defiendo que se ha firmado un cambio radical no solo de moderación salarial, sino de política de rentas, ya que se han incorporando nuevos criterios y referencias para la evolución de los salarios. Por ello nosotros, los sindicatos, hemos de incorporar nuevos criterios salariales que atiendan a la realidad, y a la estructura retributiva efectiva de las empresas. Y cuando hablemos de flexibilidad salarial o de jornada, hagámoslo con iniciativa y reforcemos los derechos de información, participación y transparencia, y desde ellos de negociación, que deben acompañar las nuevas políticas salariales.  
No hemos firmado solamente el 0,5 % de subida salarial, ni el duro capitulo de flexibilidad, ni tampoco la nueva fórmula de revisión o la aplicación del descuelgue, y no vamos a abordar la negociación desde el AENC II sin incorporar las materias que más arriba he apuntado. Y afirmamos que es necesario considerar los cambios y modificaciones que se incorporan en la organización del trabajo y en la jornada para mejorar, como apunta también el AENC II, la conciliación de la vida familiar y laboral. 

El acuerdo es de carácter “obligacional”, “no normativo”, es decir que no es de aplicación directa, sino que requiere que en las negociaciones, las partes - sindicales y empresariales- se ajusten a sus contenidos. Pero el acuerdo obliga a cada una de las organizaciones firmantes a su cumplimiento, como expresión de coherencia y, en definitiva, de fuerza de los agentes sociales. Es necesario que desde la mano con que los sindicatos hemos estrechado la de la patronal no se nos pretenda coger el brazo en los convenios. Porque de hacerlo arruinaríamos lo que entiendo que es la mejor herramienta para mejorar la productividad, la competitividad y con ellas, combatir el desempleo. 

El éxito o el fracaso del AENC II se medirá tanto por los datos objetivos de inflación y de empleo -quebrando la tendencia destructora actual y creando nuevos puestos de trabajo- como por el rigor en su plena aplicación, abordando todas las cuestiones, muchas novedosas, en él planteadas.
 

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